Cargador de Batería ABSAAR 30 AMP 12v /24V

169.00
204.49 IVA incl.

Cargador de Batería ABSAAR de 30 Amp. y 12V o 24V.

Cargador para baterias de Plomo acido. 30 amperios

Este cargador es util para baterias de camiones, automóviles, traspaletas, baterias solares etc… Tanto para cargar baterias de 12 voltios como baterias de 24 voltios.

 

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Descripción

Modelo BBL 1224 20 NE II-1, de 30 Amp. y 12/24 V, de la marca ABSAAR, con más de 40 años de experiencia de tecnología alemana.

Características:

Cargador estándar, el cuál debe ser desconectado de la batería cuando el proceso de carga haya concluido.

Es necesario monitonizar el proceso de carga y detenerlo cuando la batería esté recargada.

Según la capacidad de su cargador Absaar, podrá cargar baterías de diferentes tipos de vehículo. Cargar siempre baterías que tengan la misma tensión y capacidad de su cargador.

Carga intercambiable rápido o estándar.

Caja de metal con recubrimiento en polvo resistente.

Medidas: (370 x 275 x 180) cm.

 

Información adicional

Peso 8.5 kg
Dimensiones 37 × 17 × 23 cm

Información sobre IVA e impuestos en la tienda

Clientes dentro de la Unión Europea (zona euro):

  • Las compras realizadas por particulares en la Unión Europea están sujetas al IVA, según la normativa vigente. Directiva 2006/112/CE (DOUE L 347/1, 2006)

  • Los clientes empresariales con número de IVA intracomunitario válido pueden estar exentos de IVA (régimen de inversión del sujeto pasivo).

Clientes fuera de la Unión Europea:

  • Las ventas dirigidas a clientes fuera de la Unión Europea están exentas de IVA europeo. El cliente podrá estar sujeto a impuestos de importación o tasas locales en su país de destino. Directiva 2006/112/CE (DOUE L 347/1, 2006)

Clientes de Canarias, Ceuta y Melilla:

  • Los pedidos realizados desde Canarias, Ceuta y Melilla no están sujetos al IVA peninsular. En su lugar, se aplicará el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en Canarias, o los impuestos locales correspondientes en Ceuta y Melilla.

  • Es posible que el cliente deba abonar el IGIC o tasas aduaneras al recibir el pedido.

Recomendamos a todos nuestros clientes consultar la normativa fiscal vigente en su región para evitar posibles cargos adicionales en aduanas o impuestos locales.

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